jueves, 29 de septiembre de 2011

España, destino de oportunidades sanitarias.

Buenas tardes,
Aunque a veces parezca que el blog queda un poco olvidado, siempre ando dándole a la cabeza para encontrar un tema de extranjería que sea interesante y no demasiado pesado. Hoy, he tenido la idea de escribir una entrada en la que hablaré de la estancia para menores extranjeros con fines de tratamiento médico.

Para empezar, creo conveniente explicaros que normalmente, este tipo de estancias o viajes a España de niños extranjeros son llevadas a cabo por organizaciones no gubernamentales que se encargan de los traslados, los permisos de estancia y de gran parte de la organización que supone un traslado de tal envergadura.
Es por ello que cabe decir que no todos pueden acceder a dicho privilegio.Existen unos requisitos mínimos que tiene que cumplir un menor para optar a este tipo de intervenciones fuera del país. Estos son:


- Tener una enfermedad o problema diagnosticado como problema de gran gravedad.
- Tener en regla el pasaporte o el documento identificativo del menor.
- Obtener un programa de desplazamiento.
- Un compromiso o contrato escrito de facilitar el regreso al país de origen de los menores.
- Autorización expresa de sus padres o tutores.
- Un informe favorable de la Comunidad Autónoma competente en materia de protección de menores.


Una vez superados estos requisitos y habiendo puesto en marcha un proceso complicado, el niño o niña podrá venir a España para realizarse esa operación.
Como podéis comprobar, lo he intentado explicar de una manera muy sencilla, sin embargo este problema requiere tiempo (del que a veces es imposible depender, debido al estado de salud del niño) y la ayuda de esas organizaciones no gubernamentales que hacen que muchos niños puedan optar por la mejora de su salud.

Espero que al explicarlo así, os haya quedado claro. En cualquier caso si existe alguna duda o al leer esto se os a quedado alguna pregunta sin responder, vuelvo a animaros a que me las hagáis saber, pues me encargaría de facilitaros dicha información. Nuevamente, gracias por vuestro tiempo.

martes, 27 de septiembre de 2011

Marcos Senna, de Brasil a España

Buenos días.
A diferencia de otros días, hoy al haber acabado las clases a las doce y teniendo una hora y media libre antes de coger el autobús rumbo a casa, me dispongo a hablaros de alguien que aún siendo brasileño consiguió hacerse con el público español y a su vez con la nacionalidad española de la que dice sentirse muy orgulloso.

Marcos Senna hoy posee la nacionalidad española (más bien desde 2005), pero este gran futbolista nació en Brasil, Sao Paolo hace poco más de treinta años.
Su pasión desde siempre fue el fútbol y eso le llevo a aterrizar en España y cumplir el sueño que todo joven hubiese deseado. Sus inicios en España se dieron en el Villarreal, y aunque no los recuerda con una sonrisa, puesto que una lesión en la rodilla le impidió jugar casi dos temporadas, está muy agradecido por la oportunidad que su nuevo país le había brindado.
En 2004, la suerte de éste brasileño empezó a cambiar y es por ello, que se le propuso jugar el mundial de 2006 defendiendo la camiseta española.
Fue por ello que en 2005 éste solicito la nacionalidad española y le fue concedida.

Viendo esto, me parecía interesante que conocieseis la historia, de esta persona, una persona que gracias a su aportación deportiva a España consiguió lo que más deseaba en ese momento, optar por la nacionalidad española.


jueves, 22 de septiembre de 2011

Extranjeros legales ¿Cómo?

Buenas tardes.
Hoy, al haber acabado un poquito antes las clases y con ello haber llegado antes a casa, me animo nuevamente a dejaros otra entrada antes de mi sesión de deporte rutinaria.
Como bien comenté en la entrada pasada voy a hablar sobre la Situación de Extranjería en España, y por ello, voy a empezar por explicar algo facilito sin llegar a meterme en charcos pantanosos por el momento.

En España hay dos tipos de residentes extranjeros los legales y los ilegales.
Esta tarde comenzaré por explicar brevemente (ya que me parece mas fácil) los Residentes Extranjeros Legales.
Existen dos situaciones en las que un extranjero se encuentra o está en España: La estancia y la residencia.  La Residencia se caracteriza por un tiempo ilimitado dentro de un país, es decir, la residencia es el lugar donde ser vive habitualmente. La Estancia, sin embargo, se caracteriza porque consiste en no superar un tiempo limite de tres meses, aunque en determinadas ocasiones y por diferentes causas ese tiempo pueda alargarse hasta seis meses.
Una vez aclarados los dos conceptos debéis saber que un extranjero solo podrá encontrarse legalmente en situación de residencia en España :


- Con pasaporte o título de viaje.
- Con una documentación acreditativa habiendo residido legalmente en España durante cinco años, ser beneficiario de una pensión por jubilación, por tener una incapacidad absoluta o de gran gravedad, haber sido español de origen,ser adoptado por residentes españoles y de origen español, ser refugiado, haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España o la proyección de España en el exterior.


Sin emabrgo cuando hablamos de estancia las cosas varían:
- En los supuestos de haber entrado en España con visado, cuándo la duración de éste sea inferior a tres meses, se podrá alargar la estancia que figura en el visado, que en ningún caso podrá ser superior a seis meses.
- En los supuestos de haber entrado en España sin visado, cuando concurran circunstancias de carácter humanitario, familiar, de atención sanitaria, de interés público, u otra circunstancia excepcional que lo justifique, podrá autorizarse la estancia de un extranjero en territorio español más allá de tres meses.

Sintiéndolo mucho y sin haber querido dejar un tostón o chapa, me parecía fundamental y de gran relevancia el tener que aclarar los requisítos fundamentales de estancia o residencia en España para un extranjero.
Mientras escribía mi entrada, me ha parecido muy interesante el leer que aquella persona extranjera que haya contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural del país pueda residir en España legalmente, así que en mi próxima entrada intentaré averiguar algo sobre el tema y dejaros una entrada mucho mas interesante y divertida.
Gracias nuevamente por vuestro tiempo.

martes, 20 de septiembre de 2011

Presentación

Buenas noches.
Después de un duro dia, de madrugar, de comer casi a la hora de la merienda, de acabar con algunos asuntos y de ir a hacer un poco de deporte, he pensado en plasmar mi primera entrada en el blog.

 Exactamente no se muy bien como va a resultar esto de hacer un blog, pero hay que decir que la idea me ha parecido interesante. A decir verdad el tema de la Situación de Extranjería no estaba en mis primeras opciones pero de lo que me quedó, fue uno de los temas que más me llamo la atención, pues el tema de la inmigración, de los derechos de los inmigrantes y del efecto de ellos en la sociedad está a la orden del día.
Creo que este tema puede dar mucho juego y que a su vez puede ser un tostón asi que trataré de hacerlo lo más ameno posible y que en parte llegue a ser ``divertido´´ e interesante al mismo tiempo.

Como previa reflexión me gustaria que os hicieseis algunas preguntas que poco a poco trataré de contestar durante mis próximas entradas.¿ Es verdad que los inmigrantes pueden quedarse en un país extranjero desde el momento que lo pisan?¿Es cierto que los extranjeros obtienen la nacionalidad antes contrayendo matrimonio con un español?¿Cuánto tiempo tiene que residir un extranjero en España para obtener la nacionalidad española?
Estas y otras muchas preguntas que podriamos hacernos, serán las que formarán parte de mi blog durante todo el cuatrimestre, intentando resolver vuestras dudas en caso de que me las hagais saber.

Por último y para finalizar me encantaria dejaros el enlace de una canción que me ha venido a la mente al elegir dicho tema. Muchas gracias por vuestro tiempo.


http://www.youtube.com/watch?v=BvZfdeX4VkE