jueves, 3 de noviembre de 2011

Principio de Territorialidad.

Buenos días,
 Hoy como os hable en la entrada anterior, voy ha hablaros del principio de territorialidad, tema relativo al derecho laboral. Muchas veces cuando se realizan contratos de trabajos a los trabajadores no se sabe que convenio, ley o reglamento se debe aplicar a dicho trabajador y es por ello que he encontrado útil plasmar en mi blog lo visto en la clase de derecho laboral.

El principio general al que se rige es en el que las normas se aplican al trabajo prestado dento del territorio del Estado.
Sin embrago, cuando entran hechos de extranjería hay que matizar.
-Para los países de la UE, salvo en UK y Dinamarca se aplica el reglamento de Roma I.
-A falta de elección, se aplica la ley del país en el que el trabajador efectúe habitualmente su trabajo, si esto no se puede determinar, la del país del establecimiento a través del cual ha sido contratado el trabajador, y finalmente si se desprende de las circunstancias que el contrato presenta vínculos más estrechos con un país distinto de los anteriores se aplicará la ley de ese otro.

Esto es todo lo que puedo contar hasta ahora pero no dudéis que si se algo más sobre el tema, no dudaré en ponerlo en otra entrada del blog. Se que últimamente los temas no están siendo del todo amenos por eso me gustaría encontrar alguna noticia llamativa en torno a este tema para poder publicarla.

Gracias y hasta la próxima,          

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